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SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

COPASST

El comité paritario de seguridad y salud en el trabajo es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de seguridad ys alud en el trabajo en la institución , a través de las actividades de promoción, información y divulgación, el COPASST debe garantizar que los riesgos de enfermedades y accidentes derivados del trabajo sean reducidos al mínimo posible.

FUNCIONES

  • Proponer a la administración de la empresa o establecimiento de trabajo la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo.
  • Proponer y participar en actividades de capacitación en salud ocupacional dirigidas a trabajadores, supervisores y directivos de la empresa o establecimiento de trabajo.
  • Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de salud ocupacional en las actividades que éstos adelanten en la empresa y recibir por derecho propio los informes correspondientes.
  • Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial debe realizar la empresa de acuerdo con el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes, promover su divulgación y observancia.
  • Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer al empleador las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia. Evaluar los programas que se hayan realizado.
  • Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas, equipos, aparatos y las operaciones realizadas por el personal de trabajadores en cada área o sección de la empresa e informar al empleador sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las medidas correctivas y de control.
  • Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores, en materia de medicina, higiene y seguridad industrial.
  • Servir como organismo de coordinación entre el empleador y los trabajadores en la solución de los problemas relativos a la salud ocupacional. Tramitar los reclamos de los trabajadores relacionados con la salud ocupacional.
  • Solicitar periódicamente a la empresa informes sobre accidentalidad y enfermedades profesionales con el objeto de dar cumplimiento a lo estipulado en la presente resolución.
  • Elegir el secretario del Comité.
  • Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás actividades que se desarrollen, el cual estará en cualquier momento a disposición del empleador, los trabajadores y las autoridades competentes.

REPRESENTANTES POR EL EMPLEADOR

Maria Gabriela Bustos Barona

Presidente Del Comité
Principal

Angie Lisseth Garcia Ramirez

Suplente

REPRESENTANTES POR LOS COLABORADORES

Danna Villarreal

Suplente

Sergio Andrés Medina

Principal